Entradas populares

miércoles, 20 de mayo de 2015

Links De interés

En este post se encontrarán varios links de interés sobre varios de los temas relacionados al blog en sí, artículos relacionados al tema tanto de informática como Derecho y varios artículos sobre leyes emitidas para la regulación de los mismos.

Principios de la ONU
http://licenciaturas.umg.edu.gt/moodle/pluginfile.php/554668/mod_resource/content/1/S03-WSIS-DOC-0004%21%21PDF-S.pdf



Evolución del derecho informático


Informática Jurídica


Convenio 108 de la  Unión Europea


Sentencia emitida por la Corte de Constitucionalidad


Ley de derechos de autor y derechos conexos


Ley de propiedad Industrial

Origen y Evolución de Internet en Guatemala

       Alrededor de 1983,  aparecieron las primeras computadoras personales de oficina, maquinas relativamente accesibles para los individuos y empresas y podían ser conectadas entre si para formar redes de área local y extendida. Al construir redes entre PC’s que utilizaban el Protocolo IP, la NSF (Fundación Nacional de Ciencias) creo una de las redes más importantes la NSFNET, está decidió interconectar los centros de computo con la tecnología IP de Arpanet mediante líneas telefónicas de larga distancia, esta solución fue exitosa ya que fue el inicio del Internet comercial.

       En 1993, Tim Berners-Lee , desarrollo un sistema de hipertexto que permitía a los usuarios de redes IP navegar a través de una serie de documentos activando enlaces de documentos.

       El nuevo servicio de Internet se llamo World Wide Web (Red de Alcance Mundial), para navegar en la red es necesario utilizar aplicaciones conocidas como browsers.

       La WWW (World Wide Web), es un conjunto de  servicios basados en hipermedios (información que puede presentarse utilizando distintos medios, como documentación ejecutable, de textos, gráficos, audio, vídeo, animación o imagen) ofrecidos en todo el mundo a través de Internet, esta constituida por muchos servicios distintos que se conectan entre si a través de referencias en los distintos documentos.

A pesar de que Internet surgió en Estados Unidos, fue en 1991 cuando en Guatemala, Citel y Prodata, dos empresas locales iniciaron servicios de redes Geonet y Delphi. El Ingeniero Luis Furlán, Director del Centro de Estudios en Informática y Estadística de la Universidad del Valle, decidió establecer un nodo UUCP (Unix to Unix Copy). Para  poder comunicarse con otras personas e investigadores de una manera más práctica y rápida en nuestro país. El nodo se instaló en una computadora de uso regular, lo cual no dejaba que dicha computadora estuviera dedicada al servicio las 24 horas al día. Este nodo permitía trabajar con una sola herramienta de Internet, que era el correo electrónico. El procedimiento para establecer comunicación era el siguiente: se conectaban una o dos veces al día al Nodo Huracán en Costa Rica, lo que servía de compuerta hacia todo el mundo. A la fecha este nodo sigue funcionando, sólo que la conexión ya no es con Huracán sino con UUNET Technologies en Estados Unidos.

       En 1992, se creó el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCyT)., quienes presentan su primer proyecto: Mayanet. Un proyecto para crear y poner en marcha la primera red nacional científica/académica, que interconectaría a las cinco universidades existentes: Universidad de San Carlos de Guatemala, Universidad Francisco Marroquín, Universidad Mariano Gálvez, Universidad Rafael Landívar y la Universidad del Valle de Guatemala.

       También se unirían al Instituto de Nutrición de Centro América y Panamá (INCAP), al Instituto Centro Americano de Investigación y Tecnología Industrial (ICAITI) y al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCyT). A su vez, esta red local estaría conectada, a través de un enlace satelital, a la Internet. Todo apuntaba a poder iniciar operaciones de inmediato. Sin embargo, el monopolio de GuaTel impedía llevar a cabo cualquier forma de comunicación electrónica sin su intervención, lo que demoró todo varios años.

       En 1995, el proyecto experimentó un crecimiento rápido en términos de número de usuarios, a medida que las cinco universidades, el CONCyT y los dos institutos de investigación empezaron a promocionar los servicios disponibles y mejorar el ancho de banda de cada institución.

       En 1998, habían varios Proveedores de Servicios de Internet en el país y sus tarifas eran menores a las ofrecidas por MayaNet. Cada Universidad contrató los servicios del ISP que mejor les pareció y ese fue el final de la red Académica/Científica MayaNet.

       En febrero del 2004 empezó a operar la nueva red científica/académica de Guatemala RAGIE, enlazando exclusivamente a sus miembros. Una de las condiciones de la invitación a participar en la cotización fue que el ganador pasara a ser miembro de RAGIE también. Es así que TELGUA se convirtió en el séptimo miembro.

       Hoy, numerosos proveedores comerciales atienden la creciente demanda guatemalteca por poner su información a disposición del mundo. Las redes académicas, como sus hermanas en la región, avanzan abriendo caminos en la interconexión al proyecto de Internet 2 en la red CLARA.

Autorregulación de Internet

       Se han comenzado a adaptar políticas de Auto censura, como la mayoría de las compañías que ofrecen portales gratuitos, prohíben la publicación de imágenes pornográficas, y grupos de discusión desalientan el uso del lenguaje impropio, ambos en sus términos de uso, con miras a desarrollar y estructurar la red de  modo armónico y equilibrado para que responda a vitales intereses de la comunidad y  a las necesidades esenciales del hombre actual.

       También se ha hecho común lo que denominamos Programas Filtro o Cerrojo, o de selección de contenido que bloquean el acceso a determinados sitios Web, que es el mecanismo técnico más adecuado para evitar la existencia de contenidos ilícitos, limitando o impidiendo el acceso a dichos contenidos más  no a otros. De esa forma se hace plenamente factible permitir la libre circulación de ideas que reclama la libertad de expresión, pero se bloquean al mismo tiempo el acceso a determinados contenidos expuestos en sitios Web, respetándose así los criterios, valores y costumbres morales.



Flujo de Datos Transfronterizos

Concepto
Según el Consejo Económico de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el flujo de datos transfronterizos es “la circulación de datos e información a través de las fronteras nacionales para su procesamiento, almacenamiento y recuperación”.

Este flujo que se efectúa de un país a otro, tiene implicaciones jurídicas como son: la utilización ilícita de datos trasmitidos al extranjero; dificultad para definir el régimen fiscal aplicable y las tarifas a que se sujetará; posible atentado a la soberanía de los estados; características especiales en materia contractual; propiedad intelectual de la información; y seguridad jurídica de las empresas teleinformáticas.

¿Por qué se cataloga como un problema?
Por la eventual limitación o favorecimiento de la circulación de datos a través de los países, dependiendo de los beneficios o perjuicios que puede ocasionar.

¿Cuándo se origina como problema?
Cuando surge la combinación entre la informática y las telecomunicaciones, a partir de la década de 1960.

Implicaciones
Sus implicaciones en muchas ocasiones no son completadas de la forma más adecuada, asistiendo a un desplazamiento rápido de preocupaciones por los derechos del hombre, hacía la soberanía nacional y hacia las incidencias económicas y sociales de  intercambios inmateriales entre las naciones, las cuales pueden ser de carácter positivo y negativo.

Diferentes flujos de información:
De acuerdo al flujo de datos que fluya a través de la telemática, la información se clasifica:
 
       Información comercial. Se manifiesta según una lógica mercantil de distribución, de esta forma se distingue al flujo de prensa general y especializada; servicios documentarios y banco de datos, sean de carácter bancario, financiero, industrial, bursátil, comercio de audiovisuales (discos, películas, programas de televisión), comercio de programas de computo y tecnologías.

       La información empresarial. Es aquella sustentada en rasgos distintivos como pedidos, existencias, control de producción, consolidación financiera, gestión de personal, etc. En un cuadro puramente privado en el seno de consorcios empresariales con notorias repercusiones a nivel de dirección, decisión, administración y operación de las mismas.  

       La información especial. Es aquella que sin estar vinculada a  intereses comerciales o empresariales se convierte en el intercambio de conocimientos que permiten un mejor desarrollo de las actividades educativas o de investigación a nivel técnico y científico.

Clases de Redes:
Las redes por las que pueden circular dichas informaciones son muy variadas dependiendo de los datos que fluyan en ellas, por mencionar algunas tenemos:

       la red de la Sociedad Internacional de Telecomunicaciones Aeronáuticas (SITA), que permite el control de telerresevaciones aéreas a nivel mundial,

       la Red de la Policía Internacional  (NICS), que permite el intercambio de información referida a criminales perseguidos por la INTERPOL.

       La red más famosa del mundo en estos momentos es la Internet.

Regulación jurídica de Internet:

       En pleno apogeo de la guerra fría, durante los inicios de los años setenta, la ARPA (Advanced Research Projects Agency o Agencia de Investigación de Proyectos Avanzados), una rama de las fuerzas armadas estadounidenses, inicio el diseño de una red de computadoras que pudiera sobrevivir sobre cualquier catástrofe.

       La red debía ser fácil de implementar con la infraestructura existente, ARPA inicio la implementación de esta red, a la que llamaron ARPAnet.

       Al inicio ARPAnet contaba con pocas maquinas, a las cuales se ingresaba principalmente por usuarios académicos e investigadores, tanto de ARPA como de otros órganos del gobierno de los Estados Unidos de, estos individuos comenzaron a hacer uso más intensivo de la red y su demanda creció de manera exponencial.

       Al implementar el Protocolo IP en todo tipo de computadoras, el uso de Internet era exclusivo para recibir y enviar correo electrónico.


Propiedad Intelectual

Protección jurídica de los programas de computación (Software)

Los programas de cómputo se caracterizan sobre todo por ser un medio necesario para ofrecer un conjunto de instrucciones comprensibles por una computadora, a efecto de resolver ciertos problemas.

Evolución del problema
A medida que ha evolucionado la creación de programas ha ganado mayor complejidad la creación de una estandarización de los programas, aunado a la falta de un adecuado régimen regulador que impida o limite las continuas actitudes de apoderamiento ilícito en perjuicio de creadores y usuarios.

Nociones Fundamentales
  • Aspecto técnico: Conjunto de procedimientos o reglas que integran el soporte lógico de las máquinas. 
  • Aspecto económico: Radica en la manifestación del producto- información.

Régimen jurídico aplicable

Vía civil
Contratos:
Para la creación de un programa se necesita la utilización de contratos que establezcan cláusulas alusivas para la seguridad y utilización de los mismos, en las que se consignan el eventual acceso a estos por personas no autorizadas, uso inadecuado, modificaciones no pactadas, destrucción de información entre otras.

Competencia desleal: 
Es vía jurídica que permite contrarrestar los actos de competidores que son contrarios a los usos honestos del comercio.
Para que un individuo o una empresa pueda ser objeto de una acción de competencia desleal es necesario que cause un perjuicio por el hecho de sustraer de modo furtivo un secreto de empresa.

Vía Penal
Debido a que la información es un bien inmaterial, es difícil probar un robo, fraude o abuso de confianza ya que no existe una prueba tangible que lo demuestre.

 Propiedad Intelectual
  • La propiedad industrial es una rama de la Propiedad Intelectual, que a su vez también se integra por los derechos de autor y conexos.
Propiedad Intelectual: Propiedad Industrial + Derechos de Autor y Conexos
  • La propiedad intelectual es la forma bajo la cual el Estado protege el resultado del esfuerzo creador del hombre y algunas de las actividades que tienen por objeto las divulgaciones de esa creación.
Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la propiedad intelectual es un tipo de propiedad, esto significa que su propietario o titular puede disponer de ésta como le plazca y que ninguna otra persona física o jurídica podrá disponer legalmente de su propiedad sin su consentimiento. Naturalmente, el ejercicio de este derecho está sujeto a limitaciones.
  • Propiedad industrial: comprende las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen.
  • Derechos de Autor: que comprende las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas, las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, los dibujos, pinturas, fotografías, esculturas, y los diseños arquitectónicos.

Propiedad Literaria y artística
Los Copyrights se presentan como la figura más aparentemente aplicable frente al problema de la protección de los programas.
Por la originalidad podría sustentarse en la existencia de un esfuerzo intelectual personalizado por el creador del programa que permite diferenciarlo de los demás aún si estos están dedicados a la resolución de un mismo problema.

Clasificación de propiedad intelectual

  • El derecho de autor: es el conjunto de disposiciones legales que permiten al autor de una obra, a los artistas, a los productores de fonogramas y a los organismos de radiodifusión, evitar que otros comercialicen, sin su autorización, su expresión creativa, su interpretación o el trabajo de divulgación de sus expresiones creativas e interpretaciones.

  • La propiedad industrial: es el conjunto de disposiciones cuyo objeto es la protección de las creaciones que tienen aplicación en el campo de la industria y el comercio (invenciones, signos distintivos, dibujos y modelos industriales y esquemas de trazado de circuitos integrados) y la protección contra la competencia desleal, incluyendo aquellos actos que infringen los llamados SECRETOS INDUSTRIALES O SECRETOS EMPRESARIALES.
Propiedad Industrial
  • La propiedad industrial es el derecho exclusivo que otorga el Estado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones de aplicación industrial o indicaciones comerciales que realizan individuos o empresas para distinguir sus productos o servicios ante la clientela en el mercado.

La Marca
Según la Ley de Propiedad Industrial en su artículo 4, indica que una marca es cualquier signo denominativo, figurativo, tridimensional o mixto perceptible visualmente, que sea apto para distinguir los productos o servicios de una persona individual o jurídica de los de otra.
 
La marca es cualquier signo que permite distinguir, en el mercado, los bienes o servicios producidos o prestados por una persona de los de otra.
La principal característica de una marca es su carácter distintivo, el principal objetivo es distinguir en el mercado un producto o un servicio de otro similar; y en el caso de la legislación guatemalteca se requiere además que sean perceptibles visualmente.

Nombre Comercial
Nos referimos a un signo denominativo o mixto, que tiene por finalidad identificar y distinguir una empresa o establecimiento comercial de otro dedicado a las mismas o similares actividades.
Nombre Comercial es el nombre propio o de fantasía, la razón social o la denominación con la cual se identifica una empresa o establecimiento.

Objeto
Tiene una función meramente distintiva, es también la representación de un conjunto de cualidades inherentes al titular, tales como el grado de honestidad, la reputación, la confianza etc. etc. Por consiguiente es necesario que el nombre comercial identifique claramente a la unidad económica, independientemente de su titular o propietario al igual que de la actividad mercantil específica que pueda desarrollar.

Patentes

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos garantizados por un gobierno o autoridad al inventor de un nuevo producto (material o inmaterial) susceptible de ser explotado industrialmente para el bien del solicitante de dicha invención (como representante por ejemplo) por un espacio limitado de tiempo (generalmente 20 años desde la fecha de aprobación).

lunes, 18 de mayo de 2015

Gobierno Electrónico

El gobierno electrónico o e-gobierno (en inglés e-government) también usado como sinónimos los términos administración electrónica o e-administración, aunque hay quienes le dan un alcance más amplio al termino gobierno electrónico, "abarcando otras temáticas como puede ser a modo de ejemplo, la democracia jurídica.

Consiste en el uso de las tecnologías de la información y el conocimiento en los procesos internos de gobierno, así como en la entrega de los productos y servicios del Estado tanto a los ciudadanos como a la industria.

Se basa principalmente en la implantación de herramientas como portales, ERPs, que en caso de los gobiernos se conocen como GRPs, CRMs, como redes sociales o comunidades virtuales y muchas otras, buscando una mejora en la eficiencia y eficacia en los procesos estatales internos y en las vinculaciones con la sociedad.


El gobierno electrónico describe el uso de tecnologías para facilitar la operación de gobierno y la distribución de la información y los servicios del mismo. Lidia con aplicaciones pertenecientes y no pertenecientes a Internet para servir de ayuda a la tarea de los poderes del Estado y de las instituciones estatales. Este servicio a los ciudadanos se realiza con el uso a gran escala de tecnologías como: teléfono, fax, sistemas de vigilancia, identificación por sistemas de radiofrecuencia e incluso la televisión y la radio.

Rubros del Gobierno Electrónico:
  • Administración electrónica: Prestación de servicios.
  • Democracia electrónica: Procesos electrónicos que permiten la participación ciudadana
  • Gobierno Electrónico: Esto abarca desde una puesta de un documento en la red hasta la participación y toma de decisiones, en la gestión pública.


Etapas:

  1. Disponibilidad de información en línea, que es limitada y básica
  2. Es aquella en la que los servicios en línea del gobierno no entran de modo interactivo, como información para el pago de impuestos, renovación de licencias, descarga de formulación.
  3. Se halla la presencia transaccional, que permite la interacción entre el ciudadano y el gobierno e incluye las opciones para pagar impuestos, uso de tarjetas, actas de nacimiento, renovaciones etc.
  4. Es aquella en la que la prestación de servicios públicos electrónicos supone una transformación e integración de procesos con dos puntos clave: reorganización interna e integración con otras administraciones.
  5. Representa el nivel más sofisticado de las iniciativas en línea del gobierno y está caracterizada por una interacción con empresas, ciudadanos y otras administraciones.


Beneficios:
  • Autonomía de la voluntad de las partes
  • Posibilidad de elegir a un conciliador o arbitro
  • Posibilidad de utilizar tecnologías e infraestructuras tecnológicas
  • Procesos extrajudiciales muy cortos, simple y flexibles
  • Trabajo y discusión en tiempo real, solución online
  • Costos más bajos etc.
Tribunal Virtual:
Es un sistema al que se puede acceder vía Internet, desarrollando con el fin de que toda persona pueda consultar vía electrónica acuerdos, promociones y documentos de los expedientes judiciales.
El tribunal virtual es un sistema electrónico o virtual que permite llevar a cabo tramite y consultas relativos a un expediente o caso judicial en específico. Para que esto sea posible es necesario que el demandante establezca dentro de su escrito de demanda su intención de utilizar dicho tribunal como medio para la substanciación del procedimiento, lo cual también aplica para el demandado, quien efectuaría dicha solicitud en el escrito de contestación.

En Guatemala es usado especialmente:

  • Envió de promociones electrónicas
  • Notificaciones por tribunal virtual
  • Exhortos electrónicos de juzgado a juzgado

Arbitraje y Comercio electrónico:
El arbitraje es la única solución viable para la solución de los litigios planteados por un comercio electrónico forzosamente internacional, y el arbitraje en línea es el único mecanismo que puede garantizar una adecuación entre los costos de la justicia y lo que está en juego en los contratos internacionales que ya no son privativos de los grandes grupos.

Sistemas Expertos Legales

Son la estructuración de conocimientos especializados que, acoplados al mecanismo de referencia, saca conclusiones a partir de la información que se le suministra en forma de pregunta o respuesta.
Un sistema experto se describe como un sistema informático que establece:
Una base de conocimiento en forma de banco de datos bien estructurado.
Un sistema cognoscitivo o motor de inferencias lógicas que comprenden la mayor parte de los esquemas de razonamiento validos al interior del dominio considerado.
Una interface encargada de proveer comunicación al usuario con la máquina.
Estos sistemas pueden realizar operaciones lógicas sobre los elementos que lo integran, además de razonamiento, en virtud de contar con una base de datos estructurada.
Se trata de sistemas aptos para tomar dos o más informaciones para la base de conocimiento, y producir a partir de ellos, una conclusión lógica, cuyo resultado no previo al experto, sino que es adoptado por el propio sistema.

Conformación del Sistema Experto:
  • Los Hechos
  • La Heunística


Los Hechos
Constituyen un bloque de informaciones compartidas disponibles, y generalmente adquiridos de los expertos del campo del conocimiento.

La Heunística
Se refiere al encuentro o búsqueda, antes de la búsqueda, mediante su método procede paso a paso decidiendo tras cada uno de ellos la estrategia que conviene aplicar para dar el cese, y así sucesivamente.

Características de los Sistemas Expertos:
  • Es conveniente que un desarrollo se dé en campos o áreas muy específicas del derecho.
  • La mayoría se apoyan en la Heunística, que por medio de este método van introduciendo a los usuarios (que casi siempre desconocen las reglas jurídicas), al campo de la normatividad jurídica, relacionándola con los hechos que se dan en un caso específico.
  • La mayoría de los sistemas expertos jurídicos pueden procesar información incierta o incompleta.
  • Casi todos los sistemas expertos tienen que estar desarrollados en un vocabulario común, que trate en el conocimiento de los usuarios, las normas del derecho sustantivo y los procedimientos legales.

Esquema de Representación Documentaria

Se ajusta a la metodología especial de análisis de unidades de información de acuerdo con el sistema adoptado previamente; es decir, hablamos de sistemas de tratamiento y recuperación de la información y en ello se aplican comúnmente los siguientes sistemas:

Método de texto integral: Consiste en introducir los textos en memoria como son y la computadora los analiza integralmente.

Método de indización: Aquí se aplica el análisis previo del documento para extraer y concretar las características fundamentales y principales.

Problemas a nivel gramatical:
  • Sinonimia. Se da cuando una idea se puede expresar con dos o más palabras diferentes.
  • Polisemias u homografías: Se presenta cuando una palabra tiene dos o más sentidos.
  • Analogías: Ocurre cuando dos o más palabras, provenientes de distinta raíz, se refieren a ideas parecidas.
  • Antonimias: Se presentan ente una palabra y otra con sentido opuesto.
  • Formas sintácticas: Consiste en la manera como una misma idea se puede expresar a través de diversa relaciones sintagmáticas.
  • Orden de términos: En caso de modificación del orden de los términos puede haber un cambio en el sentido.