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lunes, 18 de mayo de 2015

Gobierno Electrónico

El gobierno electrónico o e-gobierno (en inglés e-government) también usado como sinónimos los términos administración electrónica o e-administración, aunque hay quienes le dan un alcance más amplio al termino gobierno electrónico, "abarcando otras temáticas como puede ser a modo de ejemplo, la democracia jurídica.

Consiste en el uso de las tecnologías de la información y el conocimiento en los procesos internos de gobierno, así como en la entrega de los productos y servicios del Estado tanto a los ciudadanos como a la industria.

Se basa principalmente en la implantación de herramientas como portales, ERPs, que en caso de los gobiernos se conocen como GRPs, CRMs, como redes sociales o comunidades virtuales y muchas otras, buscando una mejora en la eficiencia y eficacia en los procesos estatales internos y en las vinculaciones con la sociedad.


El gobierno electrónico describe el uso de tecnologías para facilitar la operación de gobierno y la distribución de la información y los servicios del mismo. Lidia con aplicaciones pertenecientes y no pertenecientes a Internet para servir de ayuda a la tarea de los poderes del Estado y de las instituciones estatales. Este servicio a los ciudadanos se realiza con el uso a gran escala de tecnologías como: teléfono, fax, sistemas de vigilancia, identificación por sistemas de radiofrecuencia e incluso la televisión y la radio.

Rubros del Gobierno Electrónico:
  • Administración electrónica: Prestación de servicios.
  • Democracia electrónica: Procesos electrónicos que permiten la participación ciudadana
  • Gobierno Electrónico: Esto abarca desde una puesta de un documento en la red hasta la participación y toma de decisiones, en la gestión pública.


Etapas:

  1. Disponibilidad de información en línea, que es limitada y básica
  2. Es aquella en la que los servicios en línea del gobierno no entran de modo interactivo, como información para el pago de impuestos, renovación de licencias, descarga de formulación.
  3. Se halla la presencia transaccional, que permite la interacción entre el ciudadano y el gobierno e incluye las opciones para pagar impuestos, uso de tarjetas, actas de nacimiento, renovaciones etc.
  4. Es aquella en la que la prestación de servicios públicos electrónicos supone una transformación e integración de procesos con dos puntos clave: reorganización interna e integración con otras administraciones.
  5. Representa el nivel más sofisticado de las iniciativas en línea del gobierno y está caracterizada por una interacción con empresas, ciudadanos y otras administraciones.


Beneficios:
  • Autonomía de la voluntad de las partes
  • Posibilidad de elegir a un conciliador o arbitro
  • Posibilidad de utilizar tecnologías e infraestructuras tecnológicas
  • Procesos extrajudiciales muy cortos, simple y flexibles
  • Trabajo y discusión en tiempo real, solución online
  • Costos más bajos etc.
Tribunal Virtual:
Es un sistema al que se puede acceder vía Internet, desarrollando con el fin de que toda persona pueda consultar vía electrónica acuerdos, promociones y documentos de los expedientes judiciales.
El tribunal virtual es un sistema electrónico o virtual que permite llevar a cabo tramite y consultas relativos a un expediente o caso judicial en específico. Para que esto sea posible es necesario que el demandante establezca dentro de su escrito de demanda su intención de utilizar dicho tribunal como medio para la substanciación del procedimiento, lo cual también aplica para el demandado, quien efectuaría dicha solicitud en el escrito de contestación.

En Guatemala es usado especialmente:

  • Envió de promociones electrónicas
  • Notificaciones por tribunal virtual
  • Exhortos electrónicos de juzgado a juzgado

Arbitraje y Comercio electrónico:
El arbitraje es la única solución viable para la solución de los litigios planteados por un comercio electrónico forzosamente internacional, y el arbitraje en línea es el único mecanismo que puede garantizar una adecuación entre los costos de la justicia y lo que está en juego en los contratos internacionales que ya no son privativos de los grandes grupos.

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